Ley Planes de Pensiones de Empleo

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Estimado lector,

En Consulting BGH queremos explicarte qué son los planes de pensiones y darte a conocer las últimas modificaciones que ha sufrido La Ley General de la Seguridad Social.

Los planes de pensiones son instrumentos de ahorro complementario de cara a la jubilación, se tratan de unos planes colectivos que las empresas impulsan para sus trabajadores.

El pasado 30 de Junio se ha modificado  la D.F. 4.ª de la Ley 12/2022, de 30 de junio (BOE 01/07/2022), la Ley General de la Seguridad Social para regular la reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social respecto a los importes de las contribuciones empresariales a los planes de pensiones, junto con las medidas necesarias para ello.

Esta modificación tiene como principal motivo el incentivo de los planes de pensiones, ya que representan un ahorro seguro y con comisiones bajas para aquellos grupos como autónomos o los asalariados de las pymes sin planes de pensiones en sus empresas.

Modificaciones y novedades: planes de pensiones

Con efecto desde el 1 de enero de 2023 se añade a la D.A 47 º de la LGSS

  • Se regulan las reducciones de cuotas de las contribuciones empresariales a los planes de empleo.

El límite a exceder puede incrementar desde 1.500€ a 8.500€, siempre que el incremento se demuestre que es a causa de contribuciones empresariales o aportaciones del asalariado por importe igual o inferior al resultado de aplicar la contribución resumida a continuación:

Importe anual de la contribución Coeficiente
  Igual o inferior a 500 euros. 2,5
  Entre 500,01 y 1.000 euros. 2
  Entre 1.000,01 y 1.500 euros. 1,5
  Más de 1.500 euros. 1
  • IRPF: Se establece un nuevo límite de reducción adicional al límite general de 1.500€ anuales.
  • Impuesto sobre Sociedades: Se establece una deducción de la cuota del 10% por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas que no superen los 27.000€

Con efecto desde el 1 de enero de 2023 se modifican los artículos 71.1, 147.3,  la D.A 45 º de la LGSS

  • Se han creado fondos de pensiones de empleo de promoción pública abierta.
  • Se establece una reducción de la cuota empresarial por contingencias comunes:

El importe máximo de las contribuciones a las que se aplicará una reducción del 10% es el que sea resultado de multiplicar x13 la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de dichas contingencias.

  • Las promotoras de planes de pensiones mensualmente han de facilitar a la Inspección de Trabajo información acerca de las contribuciones empresariales realizadas a los planes de pensiones respecto de cada trabajador.
  • Dichas contribuciones están obligadas a ser comunicadas.
  • La ITSS tiene como función la correcta aplicación de las reducciones a la que se refiere la D.A 47.ª

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