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Recordamos a todo empresario y trabajador de la obligación que tienen los trabajadores de informar a la empresa de posibles variaciones que se hayan podido producir en su situación familiar.
Si un trabajador ha contraído matrimonio, se ha divorciado, ha tenido hijos, se ha cambiado de domicilio, paga pensiones a favor de sus hijos, está al cuidado de familiares mayores, entre otros… debe informar de esos cambios.
A su vez, la empresa deberá comunicárselo a su gestoría a la mayor brevedad posible, ya que estos cambios inciden directamente en el porcentaje de retención de IRPF aplicado en nómina y puede tener sus consecuencias legales para la empresa cuando el trabajador presente su renta.
Recordamos que, pese a que la empresa quedaría exonerada de toda responsabilidad en caso de que el trabajador no informase de las variaciones en su situación personal y familiar, el trabajador podría encontrarse con contratiempos en la liquidación de su renta.
Insistimos en que la obligación de comunicar esos cambios recae en el trabajador.
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