Mejora de las condiciones de las personas trabajadoras del hogar

La nueva normativa RD-ley 16/2022 de 6 Sept, mejora las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.

Esta normativa tiene como objetivo equiparar las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras del hogar familiar a las del resto de personas trabajadoras por cuenta ajena. Podrán cotizar por desempleo a partir del 1 de octubre, y por tanto, acceder a esta prestación.

Esta prestación se aprueba con el fin de resolver la desigualdad y dotar a los trabajadores del hogar de los mismos derechos que el resto de trabajadores, por lo que el sistema de cotización será el mismo. La duración de la prestación depende del tiempo que hayan cotizado por desempleo.

Se establece la obligación de cotizar por desempleo y recoge la protección del FOGASA, (Fondo de Garantía Salarial) por la que el Estado responder por indemnizaciones y salarios impagados a trabajadores, además de incorporarlas a la prevención de riesgos laborales. Estos dos aspectos tienen como fecha de entrada en vigor el 1 de octubre de 2022.

Aspectos importantes

Equiparación en prevención de riesgos laborales

Se añade a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, una disposición para garantizar un nivel de protección de la seguridad y saludas de las personas al servicio del hogar familiar equivalente a la de cualquier otra personas trabajadora.

Garantía salarial, cotización de las personas empleadoras e intervención del FOGASA

Se modifica el artículo 33.2 del Estatuto de los Trabajadores con el fin de proporcionar cobertura de garantía salarial al colectivo, incluyéndolas en su ámbito subjetivo Se incorpora este colectivo al catálogo de beneficiarios de las indemnizaciones reconocidas por FOGASA en caso de despido o extinción del contrato.

La normativa sobre el propio FOGASA se modifica de manera que las personas empleadoras tienen la obligación de cotizar, además proporcionará una cobertura indemnización en caso de insolvencia o concurso de las empleadoras.

Desempleo y cobertura de la Seguridad Social

Se modificada la normativa para poder equiparar las personas trabajadoras del hogar con el resto de trabajadoras en el ámbito de la Seguridad Social.

La forma de cotización se especifica para 2022 en la disposición segunda RDL 16/022, aun así a partir del 1 de enero de 2023 se debe realizar de acuerdo con la Ley de Presupuesto Generales del Estado.

Hasta el 2022, las retribuciones y bases serán en proporción al incremento del Salario Mínimo Interprofesional. En 2023, en cambio, las retribuciones mensuales y bases de cotización estarán sujetas a tramos.

Condiciones de trabajo equivalentes. Despidos.

Con el nuevo sistema de protección se han especificado 3 causas de extinción de la relación laboral, junto con las generales del artículo 49.1 del Estatuto de Trabajadores.

  • Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.
  • La modificación sustancial de las necesidades de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona trabajadora del hogar.
  • El comportamiento de la persona trabajadora que fundamente de manera razonable y proporcionada la pérdida de confianza de la persona empleadora.

Durante el período de preaviso para la extinción la persona trabajando a jornada completa tiene derecho a una licencia de 6h semanales para buscar un nuevo empleo.

Requisitos de inscripción a la Seguridad Social

En las solicitudes de alta deberán figurar, además de los datos establecidos con carácter general, el código de la cuenta de la entidad financiera en la que ha de domiciliarse el pago de la cotización y los datos correspondientes al tipo de contrato de trabajo y al contenido mínimo del mismo, consistente en el número de horas de trabajo mensuales y semanales, en el importe del salario pactado, tanto por hora realizada como mensual, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias, así como, en su caso, en el importe del salario mensual acordado en especie y en la existencia o no de pacto de horas de presencia y/o de horas de pernocta, junto con la retribución por hora pactada.

Sistema de bonificaciones

Si contratan a una persona trabajadora del hogar, tienen derecho a una bonificación del 80% en las aportaciones empresariales a la cotización por desempleo y al FOGASA.

Se mantiene la reducción del 20% en la aportación a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial.

Como alternativa a esta reducción, las personas empleadoras que den de alta en el Régimen General a una persona trabajadora al servicio del hogar tendrán derecho, durante toda la situación de alta, a una bonificación del 45% o del 30% en la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al Sistema Especial, cuando cumplan determinados requisitos de patrimonio y/o renta, que serán determinados reglamentariamente.

El Gobierno desarrollará un análisis de las nuevas bonificación en la cotización en el Sistema Especial para Empleados del hogar a las dos años de la entrada en vigor de la norma.

Asunción empresarial de obligaciones en materia de cotización

Los empleadores son los que asumen las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores del hogar que trabajen durante menos de 60h/mes por empleador. Eliminando así la posibilidad de que las propias personas trabajadores asuman sus trámites de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.

Tipos de cotización

La cotización por desempleo y al FOGADA hasta el 31 de diciembre de 2022:

  • Para desempleo: El tipo de cotización aplicable será del 6,05%. El 5% a cargo del empleadora y el 1,05% a cargo del empleado.
  • Para FOGASA: el 0.2% a cargo del empleador.

Para poder disponer de esta prestación por desempleo:

  • Los empleados deben alcanzar el período mínimo de cotización exigido de 12 meses.
  • Deberán haber sido despedidas de su trabajo, no pueden recibirla si presentan una baja voluntaria.

 

Si te interesa conocer más información para tu empresa, el equipo de Consulting BGH puede resolver cualquier duda relacionada con esta nueva normativa.

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