Se ha publicado en el BOE la Orden ICT/1238/2022, 9 dic. Se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en PYMES industriales a través de pruebas piloto de reducción de la jornada laboral.
Con esta se busca analizar y evaluar de forma continuada la efectividad de esta propuesta: jornada laborales más corta con el mismo salario.
¿Qué empresas podrán acogerse a las ayudas de esta Orden?
Aquellas que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituida en España y debidamente inscrita en el registro, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.
En el Anexo 1 de la Orden se detallan las actividades encuadradas dentro de esa actividad industrial, que deberán haberse realizado, al menos, durante 3 años desde la fecha de fin de plazo de solicitud.
¿A qué se deben comprometer estas PYMES para acceder a las subvenciones previstas?
- Reducir la jornada laboral ordinaria a tiempo completa de un mínimo del 10% en cómputo semanal, con una duración mínima de 2 años desde la concesión de la ayuda. Afecta a los trabajadores con contrato indefinido a tiempo completo, se deben comprometer a la reducción porcentual del tiempo empleado en el trabajo durante la semana. Esta reducción de jornada será sin reducción salarial proporcional.
- Garantizar que el número de mujeres participantes responda como mínimo al porcentaje de distribución de género existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo.
- El porcentaje de trabajadores que participan será como mínimo al 30% en empresas de hasta 20 trabajadores o, al 25% en empresas de entre 21 y 49 trabajadores.
- Disponer de medidas para optimizar el tiempo parcial durante el tiempo de trabajado durante la implementación para mejorar la productividad.
- Disponer de indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad.
¿Qué gastos se considerarán subvencionables?
- Costes de personal afectados por la reducción de jornada laboral durante el primero año con un límite máximo de 150.000 €
- Hasta el 100% de los gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo.
- Hasta el 80% de los gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento el re (re)diseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción o a los costes de personal.
- Hasta el 100% del gasto derivado del informe realizado por un auditor, con un límite del 1% de la totalidad del presupuesto.
Procedimiento de la solicitud
La tramitación electrónica será obligatoria a través del registro de la Sede electrónica de la Fundación EDI, F.SP. La documentación a presentar se detalla en el artículo 13 de esta Orden.
El plazo de esta solicitud aún no está concretado pero se espera que a principios de 2023 estará disponible. Se abrirá esta convocatoria con un máximo de 2 meses desde la publicación del detalle de la convocatoria en el BOE.
Desde Consulting BGH seguiremos informándote de las novedades de este proyecto, así como de los plazos y las mejoras que vayan teniendo los participantes en este proyecto. Para cualquier consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, unos de nuestro asesores le atenderá en un plazo de menos de 48h.
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